¿Cómo prevenir el impago para un alquiler garantizado?

Como te contamos en este artículo «¿Cuáles son los riesgos de poner mi piso en alquiler?”, uno de los mayores riesgos a los que te enfrentas como propietario de una vivienda en arriendo es el impago de alquiler. Se trata de una situación que no es inevitable al 100%, aunque sí que puedes buscar la manera de tener un alquiler garantizado, reduciendo las posibilidades de que ocurra o, en caso de darse, eliminar los efectos sobre ti.

Con tal de prevenir este impago de alquiler y tener un alquiler garantizado, es crucial la etapa de buscar inquilino. Lo primero es dirigir el anuncio hacia el tipo de persona que estamos buscando, habiendo perfilado antes qué significa eso exactamente. Edad, profesión, lugar usual de residencia, duración del contrato laboral… Se trata de prestar atención a cada detalle. Una vez hecho esto, deberemos comprobar que aquellos candidatos que han pasado el filtro tengan solvencia económica y no tengan antecedentes de morosidad. 

Para hacer esto, llevaremos a cabo un scoring económico (estudio de solvencia). Todo gira alrededor de la historia laboral del posible inquilino: antigüedad laboral y tasa de esfuerzo. También es recomendable que el inquilino pudiera presentar alguna referencia o carta de recomendación de sus anteriores caseros. El objetivo de esto no es solo asegurar que el inquilino cumpla con todos los pagos, sino también evitar sorpresas en cuanto al mantenimiento del buen estado del inmueble. 

Sin embargo, cabe la posibilidad de que incluso después de haber hecho esta evaluación, el inquilino deje de pagar el alquiler por la razón que sea. Una forma de prevenir esto es pedirle un avalista.

Existe asimismo otra opción, cercana a este último pero mucho mejor por todas las opciones que ofrece, que es contratar un seguro de alquiler u otras alternativas de alquiler garantizado, como es el caso de SEAG (Sociedad Española de Alquiler Garantizado), que además de garantizar un alquiler seguro al propietario; en caso de impago, se encarga de investigar para prevenir que eso ocurra, y asume los gastos judiciales, así como con los actos de vandalismo. Por todo esto, contratar una Garantía de Alquiler es la más recomendable, puesto que soluciona todas las problemáticas para prevenir el impago del alquiler, y además funciona como colchón para el propietario en caso de que este se produzca.

Alquiler garantizado: diferencia entre un lanzamiento por impago y un desahucio

En el ámbito del impago de alquiler, la palabra “desahucio” es una de las más repetidas. Sin embargo, se usa comúnmente para hablar de lo que en realidad es el “lanzamiento”, momento en que se devuelve la posesión de un inmueble a su propietario. En el artículo de nuestro alquiler garantizado te lo explicamos.

El desahucio es el nombre que se le da a todo el proceso desde que el arrendatario es notificado de haber incumplido el pago del alquiler (impago de alquiler) y es por tanto demandado, hasta el lanzamiento, que es la última fase de este proceso.

¿Qué fases existen en un proceso de desahucio?

Si un inquilino deja de pagar un único mes de alquiler, ya está incumpliendo el contrato. Si esto se repite, el propietario debe mandarle un comunicado por escrito requiriéndole el pago de las mensualidades. Si, a pesar de ello, continua la situación de impago, el propietario deberá poner una demanda, lo que pondrá en marcha el proceso de desahucio.

Para poner esta demanda el propietario necesitará el contrato de alquiler.

Antes de 3 meses, el juzgado notificará las fechas en que se efectuará la vista (juicio) y el lanzamiento.

El trabajo de un seguro de alquiler es encarar esta situación. En SEAG, la alternativa a este seguro de alquiler, te acompañaremos durante todo este camino para un alquiler seguro, garantizando todas las mensualidades impagadas de manera *indefinida hasta esta última fase del proceso de desahucio que llamamos lanzamiento, además de todos los costes que el proceso judicial pueda suponer. 

¿Quieres conocer opiniones de propietarios que han sufrido impagos y que tienen su alquiler garantizado con nosotros? Haz clic aquí.

*Esta operación de cobertura denominada GARANTÍA INDEFINIDA no tiene naturaleza jurídica de operación de seguros, siendo que SEAG no es una compañía aseguradora si no una prestadora de servicios jurídicos y garantías de alquiler, y por tanto, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones”.

Alquiler garantizado: ¿Cuánto cuesta un proceso judicial por impago?

En un alquiler garantizado, si se produce un impago por parte del arrendatario, es posible que el arrendador opte por iniciar un proceso judicial de desahucio, cuyos gastos varían en relación al resultado esperado por parte del propietario: únicamente recuperar el inmueble o, además, reclamar la deuda de rentas o cantidades asimiladas (luz, agua, comunidad de propietarios…)

En ambos casos será necesario un abogado, salario del cual será mayor en caso de que el arrendador quiera cobrar la deuda. También será obligatoria la presencia de un procurador, cuyos honorarios varían entre los 300 y los 600 euros. 

Con tal de no retrasar el juicio, a ambas figuras es recomendable otorgarles el poder notarial, cuyo importe es de 50 euros.

A esto hay que sumarle las notificaciones y tasas judiciales y la cerrajería en caso de lanzamiento. En resumen, los costes de un juicio por impago de alquiler superan los 1.000 euros.

¿Qué hacemos en SEAG?

En el alquiler garantizado de SEAG, cubrimos todos los gastos jurídicos derivados de una reclamación por impago de alquiler que hemos mencionado previamente, tramitando el desahucio, reclamando la deuda y ofreciendo defensa jurídica sin límites, lo que nos diferencia a un seguro de alquiler

También compensamos los meses de impago por parte del arrendatario abonando el importe mensual del alquiler de manera *indefinida, algo que tampoco haría un seguro, hasta que el propietario recupere la vivienda. Puede comparar las prestaciones de nuestro alquiler garantizado con el seguro de alquiler aquí.

Así mismo, SEAG recomienda siempre optar por la negociación entre las dos partes evitando los juzgados para un alquiler seguro

*Esta operación denominada GARANTÍA INDEFINIDA no tiene naturaleza jurídica de operación de seguros, siendo que SEAG no es una compañía aseguradora si no una prestadora de servicios jurídicos y garantías de alquiler, y por tanto, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Alquiler garantizado: ¿Es necesario contratar una compañía de seguro de alquiler en este 2021?

Este 2021, el impago de alquiler es uno de los problemas más habituales a los que, como arrendador, habrás de hacer frente si tus inquilinos no cumplen con sus obligaciones a final de mes. El seguro de alquiler actúa como una herramienta de alquiler garantizado, para elegir al futuro inquilino por medio de la empresa aseguradora, estudiando la solvencia financiera del arrendatario para así evitar la posible morosidad.

Los posibles riesgos a los que se enfrentan los propietarios:

• Impago: la empresa aseguradora se encarga de cubrir los meses impagados por el inquilino. Por regla general, las aseguradoras suelen cubrir hasta doce mensualidades impagadas. Pero puede darse el caso de que el procedimiento duré más de doce meses.

• Defensa jurídica: Se refiere a todos los gastos derivados del procedimiento judicial: burofaxes, abogados, procurador, notificaciones, requerimientos, tasas cerrajería…. Por regla general la cantidad que cubren es hasta 3.000 euros.

• Actos de vandalismo: en este caso la aseguradora cubrirá solo los daños ocasionados por el inquilino premeditadamente, siempre que haya ocurrido incidencia de impago. Normalmente existe una franquicia que oscila entre los 300 y 500 €. Es decir, no cubrirá actos de vandalismo que han tenido lugar durante el periodo del alquiler, y en caso de incidencia, no cubrirán los primeros 300-500 €.

¿Es necesario? No, no es obligatorio pero sí muy recomendable, para tener un alquiler garantizado y tranquilidad a la hora de arrendar.

¿Y si mejoramos estas prestaciones? Con SEAG olvídate del seguro de alquiler, garantice su alquiler con especialistas en servicios jurídicos.

Desde SEAG * decimos: alquila tranquilo, SEAG responde. Recomendamos tener tu alquiler garantizado de manera *indefinida hasta recuperar tu vivienda. Nos ocuparemos de todos los trámites y cubriremos cualquier gasto jurídico derivado de una reclamación por impago de alquiler. Reparamos daños por actos de vandalismo en su inmueble alquilado hasta 3.000 €, desde el primer euro y sin franquicias. 

*Sociedad Española de Alquiler Garantizado.

*Esta operación de cobertura denominada GARANTÍA INDEFINIDA no tiene naturaleza jurídica de operación de seguros, siendo que SEAG S.A no es una compañía aseguradora si no una prestadora de servicios jurídicos y garantías de alquiler, y por tanto, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones”.

¿Qué hago si mi inquilino no me paga en un alquiler garantizado?

En un alquiler garantizado, obviando que se trata de un mero retraso en el pago del alquiler, y teniendo agotadas las negociaciones oportunas con el inquilino, para empezar a tramitar la situación de impago de alquiler, se ha de intentar resolver el conflicto dejando constancia por vía extrajudicial con burofax con certificación de contenido y acuse de recibo o bien por conducto notarial.

Puede incluirse la posibilidad de que el inquilino nos ofrezca una propuesta de liquidación de la deuda. Abriendo una vía de negociación en la que el inquilino se ponga al día en los pagos o deje la vivienda por voluntad propia firmando una resolución con entrega de llaves.

Si la propuesta anterior no llega a buen fin, llega el momento de acudir a la vía judicial. Te puedes encontrar con dos opciones: reclamar la deuda, el desahucio o ambas cosas.

Todo el procedimiento de desahucio puede durar entre 6 y 9 meses aproximadamente desde el momento en el que se interpone la demanda.

Puede ocurrir que la situación se extienda a mucho más tiempo (el doble o incluso el triple) por varias circunstancias: colapso del juzgado, inquilino recurre a defensa gratuita, intervienen asistentes sociales, interrupción del proceso por convocatorias de organizaciones o asociaciones, etc.

Puedes evitar pasar por esta situación con el alquiler garantizado de SEAG. Garantizado el cobro de tu alquiler seguro, a diferencia de cualquier seguro de alquiler de manera indefinida*, además cubriendo todos los gastos judiciales y los daños derivados por actos de vandalismo.

*Esta operación de cobertura denominada GARANTÍA INDEFINIDA no tiene naturaleza jurídica de operación de seguros, siendo que SEAG no es una compañía aseguradora si no una prestadora de servicios jurídicos y garantías de alquiler, y por tanto, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones”.