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Alquiler seguro: ¿Se puede alquilar un inmueble sin contrato?

Aunque no lo creas, alquilar una vivienda sin contrato es más común de lo que imaginas. Sin embargo, para un alquiler seguro, es una práctica que puede tener graves consecuencias.

En varias ocasiones, no se realiza el contrato de arrendamiento para evitar declarar el importe mensual en la declaración de la renta. Es más, la Agencia Tributaria ha realizado varios estudios donde indica que aproximadamente uno de cada tres viviendas en arriendo no se declaran en España. Por ello, no realizar contrato de arrendamiento tiene consecuencias, sobre todo para el arrendador.

Esas consecuencias tienen una doble vertiente, por un lado desde una perspectiva económica y, por otro, hay un riesgo elevado de que el arrendador / propietario tenga dificultades para recuperar la posesión de la vivienda arrendada e incluso reclamar una deuda por impago de la renta mensual. 

En primer lugar, no formalizar por escrito el contrato de arrendamiento puede acarrear multas de cuantía muy elevadas para el arrendador / propietario. Estas, oscilan entre el 50% y el 150% del importe no declarado. Con esa sanción lo que se pretende es evitar el fraude fiscal, obligando a que TODOS los alquileres se declaren a efectos fiscales. 

En segundo lugar, existe un gran riesgo para el propietario para recuperar la posesión de la vivienda. Esto es, al no existir el contrato firmado por las partes que regula la relación del arriendo, puede suponer un gran problema para el propietario a la hora de recuperar el inmueble. Del mismo modo que, le resultará más complicado –en el caso de existir impago de la renta– poder probar cuál era el importe mensual pactado entre las partes. 

Por ello, desde SEAG recomendamos que se formalicen por escrito todos los contratos de arrendamiento que regulen las obligaciones y derechos de cada una de las partes. Todo ello, para evitar conflictos y dotar de seguridad jurídica todas las relaciones contractuales. 

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