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Alquiler garantizado: diferencia entre un lanzamiento por impago y un desahucio

En el ámbito del impago de alquiler, la palabra “desahucio” es una de las más repetidas. Sin embargo, se usa comúnmente para hablar de lo que en realidad es el “lanzamiento”, momento en que se devuelve la posesión de un inmueble a su propietario. En el artículo de nuestro alquiler garantizado te lo explicamos.

El desahucio es el nombre que se le da a todo el proceso desde que el arrendatario es notificado de haber incumplido el pago del alquiler (impago de alquiler) y es por tanto demandado, hasta el lanzamiento, que es la última fase de este proceso.

¿Qué fases existen en un proceso de desahucio?

Si un inquilino deja de pagar un único mes de alquiler, ya está incumpliendo el contrato. Si esto se repite, el propietario debe mandarle un comunicado por escrito requiriéndole el pago de las mensualidades. Si, a pesar de ello, continua la situación de impago, el propietario deberá poner una demanda, lo que pondrá en marcha el proceso de desahucio.

Para poner esta demanda el propietario necesitará el contrato de alquiler.

Antes de 3 meses, el juzgado notificará las fechas en que se efectuará la vista (juicio) y el lanzamiento.

El trabajo de un seguro de alquiler es encarar esta situación. En SEAG, la alternativa a este seguro de alquiler, te acompañaremos durante todo este camino para un alquiler seguro, garantizando todas las mensualidades impagadas de manera *indefinida hasta esta última fase del proceso de desahucio que llamamos lanzamiento, además de todos los costes que el proceso judicial pueda suponer. 

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*Esta operación de cobertura denominada GARANTÍA INDEFINIDA no tiene naturaleza jurídica de operación de seguros, siendo que SEAG no es una compañía aseguradora si no una prestadora de servicios jurídicos y garantías de alquiler, y por tanto, no está supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones”.

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