La relación entre inquilino y arrendador no solo es fruto del pago y puntualidad de la renta en los contratos de un alquiler seguro, hay otras circunstancias por las que se puede dar por finalizado un contrato.
No cabe duda de que, si habitamos en viviendas colindantes, todos los ocupantes del edificio, propietarios o arrendatarios, debemos tener cierto respeto hacia los demás en las actividades que realizamos para poder mantener el equilibrio en las relaciones de vecindad.
Pero lo cierto es que en la práctica resulta una tarea complicada, y todos conocemos, por propia experiencia o por alguien de nuestro entorno, algún vecino ruidoso o con comportamiento incívico que excede de lo tolerable, pues no es lo mismo el ruido inevitable de una lavadora o cisterna del baño, que aquellos que se producen por gritos, continuas fiestas hasta altas horas de la madrugada, entre otros.
En ciertas ocasiones, los vecinos se quejan del mal comportamiento que tienen los inquilinos en cuestión. Ruidos en exceso, fiestas en horas de descanso, comportamientos incívicos, en general, etc. Conllevan que los arrendadores de los inmuebles suelan recibir multitud de quejas por parte de la comunidad de vecinos y, ante ellas, debe actuar para tratar de solventar esa situación incómoda.
Llega el momento donde los propietarios se plantean el hecho de rescindir el contrato a su arrendatario con el fin de ahorrarse problemas con la comunidad de vecinos, pero ¿Es posible esta solución por parte de los arrendadores? Ante esta situación, debemos indicar que nadie puede rescindir un contrato unilateralmente por lo que el arrendador debe buscar otro tipo de solución para acabar con el conflicto.
Entre las soluciones para acabar con este molesto problema es tratar de llegar a un entendimiento con el inquilino, avisar de acciones legales, y finalmente, con el apoyo de la comunidad de vecinos, llamar a la policía local o su equivalente para que realicen un atestado sobre el conflicto.
Habiendo agotado todas las acciones citadas sin que los inquilinos cesen su actitud se ha de recurrir al extremo de interponer una demanda judicial en los juzgados.
Somos la alternativa a un seguro de alquiler, con SEAG tendrás incluido los servicios de asesoramiento y defensa jurídica para estar protegidos ante esta situación. Nos ocuparemos de todos los trámites judiciales que conlleva la resolución del contrato por incumplimiento de los inquilinos en sus obligaciones, como el impago de alquiler.